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11 ene 2015

En lucha contra la barbarie

"Charlie Hebdo fue quizá el único medio de comunicación europeo que, a pesar de las amenazas y a un atentado incendiario, insistió en el derecho a continuar burlándose de todas las religiones. Dirigieron sus punzadas tanto contra el Papa como contra el Profeta. Trabajaban desde una tradición bien establecida en la que no hay nada sagrado; una tradición que tras la Reforma, y especialmente en tiempos de la Ilustración, se fue extendiendo a la par que lo hacían la tolerancia, la libertad religiosa y la libertad de expresión."
Flemming Rose es autor del libro The tirany of silence.

Positionspapier der Pegida

6 may 2013

Book Review

Francisco Bravo. El sacerdocio común de los creyentes en la teología de Lutero. Vitoria: Eset, 1963. (Victoriensia, publicaciones del Seminario de Vitoria ; 16).

Un consejo para empezar: Siempre que veáis un libro de autor español que hable sobre Lutero, interesaros en primer lugar por saber algo de quien lo escribe. A menudo veréis que los que hablan de Lutero en esos libros son curas o monjes papistas, siendo así que ya sabemos de antemano lo que van a decir. No necesitamos abrir el libro para saber que tales autores harán una exposición deshonesta de las enseñanzas de Fray Martín y que llegarán a conclusiones que, evidentemente, ya están contenidas en las múltiples bulas que el papa de Roma ha emitido sobre la materia. Nada nuevo aportan y sí mucho de tedio y reiteración vestida de una supuesta erudición, que en el mejor de los casos (Villoslada) se limita a la acumulación de datos. Nada más.
Del estudio que nos ocupa, el autor es Francisco Bravo, que se presenta a sí mismo como "Doctor en Sagrada Teología". No sé de qué universidad, pero estando la obra publicada en Vitoria por el Seminario Diocesano, seguramente sería un profesor ligado a aquellas tierras vasconavarras. El libro es de 1963 (ya te puedes hacer una idea, querido lector, del ambiente de la época) y en la contraportada aparece un "Nihil obstat" de José Zunzunegui, censor, lo cual ya es de por sí bastante chusco. A pesar de todo, quiero ser optimista y pensar que el contenido del libro está de acuerdo con los aires de renovación y ecumenismo que soplaban desde el Concilio Vaticano II que por entonces (1962-1965) tenía lugar en Roma.
La presentación del tratado corre a cargo de Enrique del Sagrado Corazón (como lo lees), O.C.D., es decir carmelita ("Ordo Fratrum Discalceatorum Beatissimae Mariae Virginis de Monte Carmelo") y catedrático de la Universidad Pontificia de Salamanca. El Sr. Sagrado, después de cantar los beneficios del ecumenismo, escribe: "por todos los caminos se busca la unión de los cristianos en una sola y única Iglesia: la Iglesia de Roma" (p. viii). Realmente ésta es una excelente definición de lo que significa el ecumenismo para un romano. Y continúa: "Con marcada insistencia los últimos Papas han invitado a los cristianos separados a volver al redil del único Pastor: Jesucristo". Bueno, Sagrado, te quedaste bien descansado cuando escribiste tal sandez. Al redil tenéis que venir vosotros, porque los cristianos [evangélicos] NUNCA, NUNCA hemos confesado a otro pastor que no fuera Jesucristo. Sólo cabe recordar aquí las palabras del Dr. Lutero: "No nos hemos separado nosotros de la Iglesia; es ella la que se ha separado de nosotros, ella que es la Iglesia del anticristo, mientras que nosotros somos la verdadera iglesia cristiana" (citado por Villoslada II, 16). En fin, que este comentario de buenos y malos, Sagrado, te lo podías haber ahorrado.
Después hablas de perseguir como meta "una unidad de fe", pero esto es la forma habitual que tenéis los papistas de decir que queréis ver a todos los cristianos bajo el báculo del papa de Roma, y eso nunca lo conseguiréis. La presentación sigue, plagada de juicios de valor negativos hacia el Reformador alemán. P. ej.: dice que Lutero despertó la conciencia de muchos a favor de los laicos, y a reglón seguido advierte: “aunque él se extralimitase en sus juicios y apreciaciones”. O que puso de relieve el carácter teológico o eclesial de los laicos, pero “con criterio extremista en muchos problemas vitales”. Como puedes ver, cualquier opinión lejanamente positiva hacia Lutero es corregida inmediatamente por otra de signo contrario, emitida ex catedra y con ese tono profesoral tan irritante que tienen los papistas cuando se refieren a asuntos teológicos. Si esto es espíritu ecuménico…
Sobre la obra en sí, Sagrado dice que el Dr. Bravo ha bebido en las fuentes directas de los escritos luteranos y que, por eso, ha logrado “una interpretación recta y objetiva de su pensamiento”. Bueno, sin leer la obra y solo con estos antecedentes, ya te digo yo que la interpretación no será ni recta ni objetiva. Su estructura expositiva consta de tres partes. La primera, de carácter analítico, sobre los fundamentos de la doctrina luterana en relación al sacerdocio universal. La segunda, de carácter sistemático, donde el autor “expone […] el aspecto negativo de la cuestión (lo que no es sacerdocio común en la doctrina luterana)”. La parte tercera es el contraste entre lo que defiende Lutero y, por supuesto, la doctrina católica sobre el tema (que Lutero trató en repetidas ocasiones “con deplorables extremismos”). Queda claro, ante tanta insistencia, que para Sagrado Lutero era un extremista radical de la peor especie. ¡Ay, qué poco saben disimular estos papistas! ¡Ni siquiera pueden ser mínimamente objetivos en una presentación! Entonces, ¿para qué seguir?
Ahora viene el prólogo del autor, cuyo análisis dejaremos para más adelante.

28 abr 2013

Doctrina política de Lutero, 2

Fuente: Kenneth Mahler. «La autoridad secular, 1523. Introducción». Obras de Martín Lutero. Vol. 2. Buenos Aires: Publicaciones El Escudo, 1974, pp. 125-128.

III. La Autoridad Secular. Introducción, 1523.
Si bien la actitud que adoptaba Lutero ante alguna situación dada en cuanto al cristiano y la autoridad civil generalmente respondía a ciertas convicciones teológicas, consciente y cuidadosamente deducidas del evangelio, el énfasis particular de sus escritos al respecto ha de entenderse sin embargo a la luz de la situación histórica concreta a la cual se dirigía. El caso del escrito intitulado La autoridad secular es ilustrativo de este hecho.
En 1520 –tres escasos años después de haberse publicado las 95 tesis– con el afán de editar «un libro para Carlos y la nobleza de toda Alemania contra la tiranía y la maldad de la curia romana», Lutero publicó un mensaje A la nobleza cristiana, en el cual abogaba por la intervención directa de los príncipes alemanes en la dirección de la iglesia del país. Lo impulsaba en el fondo el deseo de ver a la iglesia germana liberada y renovada mediante la predicación del evangelio, sin trabas ni obstáculos impuestos por autoridades humanas, en este caso la curia romana. Tal habría de ser su anhelo constante.
Ahora bien; este deseo, alentado por sentimientos nacionalistas que Lutero indudablemente abrigaba, se convirtió en proyección concreta; y el fraile Martín, llevado por el entusiasmo generado durante los primeros años de la reforma y con optimismo en cuanto a la participación desinteresada de los príncipes alemanes en la obra renovadora y la consagración de éstos a los principios bíblicos (optimismo que la historia anterior no justificaba), parecía ver en la nobleza alemana a un grupo de creyentes sinceros que responderían a su llamado como un solo hombre. «Ya que el poder secular ha sido bautizado como nosotros y tiene el mismo credo y evangelio, debemos admitir que sus representantes son sacerdotes y obispos».
Nada serviría tan eficazmente como un concilio general para poner coto a los muchos abusos practicados por la curia en su relación con la vida política y eclesiástica alemana; y tal concilio lo convocarían los príncipes, ya que «nadie puede hacer eso tan bien como la espada secular, sobre todo, porque ahora son también cristianos, sacerdotes, eclesiásticos y competentes en todas las cosas». Semejante visión de la «espada bautizada» no podría sostenerse por largo tiempo, dadas las realidades de la política seguida por los príncipes cuando su «sacerdocio» se puso a prueba; y para que ello aconteciera no hubo que esperar mucho tiempo.
Durante el curso de la dieta celebrada en Worms (1521) la conciencia de Lutero lo obligó a desobedecer pública y notoriamente la orden específica de la autoridad máxima, al negarse categóricamente a retractarse de sus escritos ya publicados. Durante los meses y años siguientes, muchos de los simpatizantes de Lutero se vieron obligados, por la desobediencia de él y por los sucesos desencadenados como consecuencia de ella, a meditar profundamente sobre sus obligaciones para con el poder temporal. En enero de 1522, el Consejo Imperial de Regencia expidió un edicto que condenaba las «innovaciones» en la vida de la iglesia propugnadas por el grupo reformista, tales como el uso de las dos especies en la santa cena, el matrimonio del clero, el abandono de la indumentaria sacerdotal en la misa, etc. Como resultado casi inmediato, las autoridades en los Países Bajos habían empezado a detener y a encarcelar a los seguidores de Lutero, y les obligaban a retractarse. También se rumoreaba que algunos de los príncipes estaban confabulados contra la vida de Lutero, propósito que gozaba de plena autorización imperial, otorgada mediante el Edicto de Worms.
Ante semejante situación, había que preguntarse hasta qué punto el cristiano debía someterse a las autoridades constituidas (Ro. 13). ¿Cómo interpretar las palabras de Cristo sobre la no violencia? (Mt. 5: 38-41). Sobre todo, el mandato claro –«No resistáis al que es malo» (Mt. 5: 39)– causaba una profunda inquietud en el alma de muchos que compartían las ideas del Reformador en cuanto al evangelio. Si los creyentes sinceros no se oponían a los edictos de las autoridades políticas, ¿cómo conservar el evangelio que los mismos edictos buscaban erradicar? Sobre tales temas Lutero mantuvo correspondencia con Melanchton desde su escondite en el Wartburgo, y algunas de las ideas que aparecen en sus cartas vuelven a aparecer en el escrito que nos ocupa.
Por otra parte, había entre los príncipes algunos que estaban dispuestos a buscar los consejos de Lutero en cuanto al ejercicio de su autoridad temporal. En mayo de 1522 hubo intercambio entre Lutero y Spalatín al respecto; y en setiembre del mismo año, respondiendo a preguntas que giraban en torno al tema del evangelio y el poder secular, Lutero se dirigió al barón Schwarzenberg para informarle que tenía la intención de editar, en un futuro no muy lejano, un tratado sobre la materia.
Cuando se supo que Lutero había regresado a Wittenberg, no tardaron en llegar las peticiones de que fuera a una u otra parte para ayudar a solucionar problemas y a encontrar respuestas a inquietudes planteadas por la reforma práctica de la iglesia. En cuanto pudo, realizó giras de predicación en distintas regiones, y así fue como en octubre de 1522 llegó a la ciudad de Weimar, donde predicó una serie de sermones, seis en total, a una congregación en la que estaba presente, entre otros, el duque Juan. El tercer y cuarto sermón constituyen en efecto un bosquejo del presente tratado, y sobre todo el cuarto se dedicó casi exclusivamente al tema de los poderes temporales, señalando su origen divino, sus limitaciones, y su debido ejercicio. El duque y su capellán, Wolfgang Stein, con otros, quedaron tan impresionados por las ideas expuestas que rogaron a Lutero que las publicara. Pero Lutero, al parecer, había hablado sin manuscrito, y aun sin apuntes de ninguna clase. Sin embargo, al terminar la gira se dedicó en seguida a poner las ideas por escrito, y así una gran parte del tema presentado en sus sermones llegó a formar parte del tratado que se terminó de escribir antes de la Navidad del mismo año. No se sabe con seguridad la fecha exacta en que fue impreso, pero una notificación que el duque Jorge envió al elector Federico, fechada el 21 de marzo de 1523, hace mención del documento publicado. Por consiguiente, se le puede asignar con toda seguridad una fecha de publicación durante los primeros tres meses del año 1523.
En la primera de las tres partes del tratado, Lutero fundamenta el derecho y el poder seculares en la voluntad divina, aduciendo muchos lugares de la Biblia, tanto del Antiguo como del Nuevo Testamento, como fuentes de sus enseñanzas. Pero, aparte de su origen divino, habría que ver también que los gobiernos humanos han sido constituidos por Dios principalmente para restringir a los malhechores, y por lo tanto el que es realmente cristiano no necesita de ellos. En la segunda parte, Lutero expone con más detenimiento hasta dónde se extiende la autoridad temporal, haciendo hincapié una y otra vez en que «el alma se ha quitado de las manos de todos los hombres, y se coloca sólo bajo el poder de Dios». El Reformador ocupa la tercera parte para impartir al príncipe cristiano algunos consejos pastoral es en cuanto al ejercicio de su oficio, consejos basados en principios humanitarios que todavía quedan vigentes entre los ideales propuestos dondequiera que se busque lograr un sistema justo mediante la humanización del proceso político-social.
En lugar de su optimismo casi ingenuo de 1520 en cuanto a la sociedad cristiana, Lutero manifiesta en este tratado una reflexión más realista: «Es imposible que haya un régimen cristiano común para todo el mundo, ni siquiera para un país o una multitud numerosa, ya que siempre hay más malos que buenos». Más bien, desarrolla su concepto de los dos reinos, según el cual, y en contradicción al concepto prevaleciente en los círculos oficiales de la iglesia occidental, la iglesia no es la fuente de toda autoridad humana. Al contrario, Dios mismo ha establecido el poder del estado al lado de la iglesia para regir en lo tocante al cuerpo y bienes. Dios también ha estipulado los límites correspondientes –«la obediencia y el poder temporal se refieren sólo a tributo, honra y respeto externos»– y eso «mientras que no se excedan en su oficio». La iglesia, a su vez, fue constituida por Dios, no para gobernar en lo tocante al alma, ya que esa función Dios la ha reservado exclusivamente para sí mismo, sino para encarnar en forma concreta el amor de Dios revelado en Jesucristo mediante vidas desinteresadamente serviciales.
La función primordial del estado también consiste en servir al pueblo que gobierne, y los que gobiernan deben comprender bien que: «Maldita y condenada es toda la vida que se viva y aprecie por el interés propio». Si el príncipe está errado, sus súbditos no deben seguirle, «porque nadie está obligado a ir en contra del derecho». Puesto que el propósito del gobierno es servir a su pueblo, a un cristiano no solamente le es permitido ejercer la función de gobernar, sino que es conveniente que lo haga. Puede multar, sancionar y hasta tomar la vida de un malhechor, siempre que sea con la finalidad de servir a los demás. Tal como Lutero se opuso a la teoría católica romana de la iglesia como poder temporal con autoridad para imponerse a los gobiernos, así también se opuso al concepto mantenido por los sectarios de que los creyentes no deben participar activamente en el gobierno.
La traducción que sigue se basa en la primera edición en alemán publicada por Nickel Schirlentz en Wittenberg: Von welltlicher uberkeytt wie weytt man yhr gehorsam schuldig sey, tal como aparece con anotaciones en WA, tomo 11 (229), 245-280.
Kenneth Mahler

27 abr 2013

Doctrina política de Lutero, 1

Fuente: Martín Lutero. Escritos políticos selectos. Trad. e introd. de Hans-Joachim Leu. Caracas: Universidad Central de Venezuela, 1968. (Cuadernos del Instituto de Estudios Políticos ; 16), págs. 13 y sigs.
La doctrina política de Martín Lutero, indudablemente atractiva para el interesado en la materia, es de difícil sistematización. No obstante, algunas ideas fundamentales pueden ser reseñadas con cierta facilidad (cf. E. Troeltsch. Die Soziallehren der Christlichen Kirchen und Gruppen. Tübingen: Mohr, 1912).
Para Lutero, el Estado es una institución divina. Sus dos brazos, el derecho y la espada, 'están en el mundo por orden y por voluntad de Dios'. Tal origen divino del estado deriva de la circunstancia de que su atributo más característico, la potestad, justifica su existencia en la misma voluntad de Dios, 'de quien es toda potestad', de donde saca la consecuencia de que el súbdito, aun en caso de abuso tiránico, no debe oponerse activamente, siéndole permitida tan sólo la resistencia pasiva y la emigración en caso de persecución religiosa. La nota más peculiar de la doctrina política luterana está constituida por la referencia a los dos regímenes que existen en el mundo, el régimen espiritual y el régimen secular (Los dos regímenes no deben entenderse como el «reino de Dios» y el «reino del diablo», puesto que ambos son creaciones divinas. El Reformador se vio forzado a hacer esta distinción a fin de enfrentarse, por una parte, a la vieja posición teocrática de la Iglesia Católica, la cual, en su opinión, pretendía convertir al Evangelio en ley, esto es en orden político que podía ser impuesto mediante la fuerza, y para oponerse, por la otra, a aquellos fanáticos que entendían la libertad evangélica como libertad absoluta, desprovista de todo orden jurídico). Tal separación se relaciona directamente con la división de los hombres en verdaderos creyentes en Cristo y bajo Cristo (ellos pertenecen al reino de Dios) y los no cristianos (que pertenecen al reino del mundo). Puesto que los últimos abundan en este mundo, el establecimiento del orden y de la paz han de ser la tarea de la autoridad secular. Para ello maneja la espada y el derecho y cumple con su cometido mediante el poder y la potestad, concebida por Lutero, según Troeltsch, a diferencia de lo que sucede en la concepción política católica, utilitaria y policíaca también, en forma más centralizada. El cristiano, que es pecador al mismo tiempo que justo [simul peccator et iustus], está sometido a la ley y a los tribunales, y al tiempo que es absuelto por el Evangelio, debe colaborar con la autoridad secular en todo cuanto le sea posible, debe ayudarla a llevar la espada la cual es necesaria, puesto que 'excesivamente poco se considera la palabra'. De tal forma parecería que el Estado no tuviera origen divino, sino que hubiera surgido como un producto del pecado, lo cual constituye una nota de semejanza con las concepciones agustinianas.
El contraste entre las dos actitudes a tomar por el cristino en esta vida, la obediencia a la autoridad y la colaboración con ella, por una parte, y el amor hacia el prójimo, con todas sus consecuencias, por la otra, es solucionado por uno de los postulados más característicos de la ética luterana, el de la distinción entre ética de oficio y ética personal. De acuerdo con este postulado, los oficios, los cargos, son buenos en principio. Su razón de ser, su justificación, derivan de la misma justificación, del mismo origen, de la autoridad y de los dos medios de los que ella se vale para la consecución de su fines, el derecho y la espada. Ahora bien, el que el ejercicio determinado cree la impresión de que no es bueno, que dé lugar a abusos, no tiene que ver en sí con este mismo oficio. Son sus titulares, pecadores al fin, quienes lo desacreditan por la manera de llevarlo a cabo. Son ellos, «petulantes y perversos», quienes crean el antagonismo aludido, el cual, claro está, no desaparece sino al coincidir la ética de oficio y la ética personal.
Hans-Joachim LEU

22 abr 2013

Sobre los votos monásticos (1521) XI


Fatemur et nos, virginitatem esse rem maximam, si res inter sese comparentur, sed simul dicimus: Si virgo sese itidem coram deo caeteris superiorem, imo parem fecerit, Satanae virgo est. In novissimo loco sedere docet Euangelium et invicem superiores arbitrari [Luc. 14, 10., Phil. 2, 3.]. Sic ergo tractanda et docenda est virginitas, ut nulla lege, nulla necessitate, nulla spe premii, sed gratuita et voluntaria mente servetur, ut exempli gratia virgo sic cogitet: Quanquam possim nubere, tamen placet virginem manere, non quia praecepta, non quia consulta, non quia praeciosa et magna prae caeteris virtutibus, sed quia sic mihi visum est vivere, sicut alteri visum est nubere vel agricolari. Nolo enim molestias coniugii, volo libera esse a curis et deo vacare. Ecce hoc est simplicitate Christiana virginem esse, quae non in seipsa, sed in Christo glorietur. Unusquisque enim in dono suo debet gratis deo servire, omnes autem communi fidei virginitate in uno Christo gloriari, ubi non est masculus neque femina, ita nec virgo nec coniunx, nec vidua nec coelebs, sed omnes unum in Christo [Gal. 3, 28.].
También nosotros reconocemos que la virginidad es una de las cosas más grandes, cuando de comparar cosas se trata; pero al mismo tiempo declaramos: si una virgen, por el mero hecho de serlo, se coloca a sí misma ante Dios en un plano superior a los demás, o siquiera igual, entonces es una virgen de Satanás. El evangelio nos enseña a sentarnos en el último lugar y a estimar cada uno a los demás como superiores a él mismo[1]. Por ende, la cuestión de la virginidad debe ser tratada y enseñada de una manera tal que se la observe no por alguna ley u obligación, no por la esperanza de obtener un premio, sino por libre voluntad, gratuitamente; una virgen debería abrigar, por ejemplo, este pensamiento: si bien nada me impide casarme, sin embargo prefiero permanecer virgen, no porque sea un mandamiento, o porque sea aconsejable, ni porque sea algo precioso y algo que sobresalga de entre las demás virtudes, sino porque me parece bien vivir en ese estado, así como a otro le parece bien casarse o dedicarse a la agricultura. Pues no quiero cargar con las molestias del matrimonio, sino que quiero estar libre de preocupaciones y tener tiempo para servir a Dios. He aquí, esto es lo que se llama ser una virgen en sencillez cristiana, que se gloría no de sí misma sino en Cristo. Pues cada cual debe servir a Dios gratuitamente con su propio don; todos empero, en la común virginidad de la fe, deben gloriarse en Cristo solo, donde no hay varón ni mujer, ni virgen ni cónyuge, ni viuda ni célibe, sino que todos son uno en Cristo[2].



[1] Lv. 14: 10; Fil. 2: 3.
[2] Gá. 3: 28.

10 abr 2013

Imagen del papado = Abbildung des Bapstum (1545)

Este opúsculo, que lleva por título Imagen del papado (en el original: Abbildung des Bapstum), apareció a principios de mayo de 1545 y está compuesto por diez imágenes con sus respectivos versos satíricos .
Tanto las ilustraciones como los versos siguen el tono grosero y burlón de Contra el papado… (no en vano es su representación gráfica), y ya desde la publicación fue una obrita, o mejor, una hoja volandera ("Flugblätter") denostada hasta por los propios protestantes que la consideraron de un mal gusto evidente. Por eso su difusión fue silenciada hasta principios del siglo XX, aun cuando el Dr. Lutero había dicho que consideraran aquellas figuras como su propio testamento: "figuras & imagines …sint meum Testamentum aiebat" (WA 54, 353).

Enlace:
M. Luther. Abbildung des Bapstum = Imagen del papado (versión bilíngüe alemán-español). Trad. Gabriel Tomás. Barcelona: [s.n.], 2012.
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Obras relacionadas:

7 abr 2013

Sobre los votos monásticos (1521) IX

Haec quaestio movetur, ut videamus naturam libertatis Christianae. Est itaque libertas Christiana seu Euangelica libertas conscientiae, qua solvitur conscientia ab operibus, non ut nulla fiant, sed ut in nulla confidat. Conscientia enim non est virtus operandi, sed virtus iudicandi, quae iudicat de operibus. Opus eius proprium est (ut Paulus Roma. ii. dicit [Röm. 2, 15.]) accusare vel excusare, reum vel absolutum, pavidum vel securum constituere. Quare officium eius est, non facere, sed de factis et faciendis dictare, quae vel ream vel salvam faciant coram deo. Hanc igitur Christus liberavit ab operibus, dum per Euangelium eam docet nullis operibus fidere, sed in solius sua misericordia praesumere. Atque ita heret fidelis conscientia in solis operibus Christi absolutissime, et est columba illa in foraminibus petrae et in cavernis maceriae [Hohel. 2, 14.], sciens certissime, se non posse securam et quietam esse nisi in solo Christo, in omnibus vero operibus propriis non posse nisi ream et pavidam damnatamque manere. Sic ergo discernit et iudicat inter opera Christi et sua. Christi opera apprehendit et dictat in hunc modum: Per haec ego iustificabor et servabor et liberabor ab omnibus peccatis et malis, de quo non dubito, quia in hoc ipsum sunt per eum facta et in baptismo super me effusa, sine his non est salus, non est pax ossibus meis, non est satisfactio peccatorum [Ps. 38, 4.]. Sua vero opera mala videt et damnat, sed in Christi operibus vincit et contemnit, ne sese mordere possint. Potentiora sunt opera Christi ad nos liberandos et pacificandos, quam nostra sunt ad captivandos et terrendos, si tamen hoc credideris. Opera vero sua bona apprehendit et dictat ea facienda gratis ad commodum solum proximi et ad exercendum corpus, nequaquam ad iustitiam, pacem, satisfactionem peccatorum et remissionem parandas. Quia haec non nisi in Christi operibus quaerit et invenit fide constanti, sicut videt Christum fecisse sua opera gratis, ad commodum nostrum et pro usu corporis sui ad voluntatem dei.
Esta cuestión ha sido planteada para que dirijamos nuestra atención a la naturaleza de la libertad cristiana. La libertad cristiana o evangélica es, pues, la libertad de la conciencia, por la cual la conciencia es desligada de las obrás, no en el sentido de que no haya que hacer obrra alguna, sino en el sentido de que no hay que depositar la confianza en obra alguna. Pues la conciencia no es como un poder ejecutivo, sino como un poder judicial, que juzga sobre las obras. Su obra específica es (como Pablo dice en Romanos 2: 15) acusar o excusar, declarar culpabilidad o absolver, infundir temor o conferir seguridad. Por lo tanto, la tarea de la conciencia no es «hacer» algo, sino dictar un fallo sobre lo que se hizo y lo que se debe hacer, y decir qué cosas pueden hacer a la conciencia culpable ante Dios y cuáles la dejan sin cargo. Tenemos, entonces, que Cristo libró a la conciencia de las obras, pues que en su evangelio le enseña que no confíe en obra alguna, sino que se aferre y se atenga sólo a la misericordia de él. Y así, la conciencia creyente se basa, con exclusividad absoluta, en las obras de Cristo, cual «paloma que anida en las hendiduras de las rocas, en las grietas de las peñas escarpadas»[1] dándose perfecta cuenta de que no puede hallar seguridad y reposo sino en Cristo solo y que, en cambio, con todas sus propias obras no puede más que permanecer culpable, aterrada y condenada. Así, pues, discierne y juzga entre las obras de Cristo y las suyas propias. A las obras de Cristo se aferra, y de ellas afirma lo siguiente: por estas obras –de eso no me cabe la menor duda– yo seré justificada y preservada y librada de todos los pecados y males, porque para esto mismo han sido hechas por él y han sido derramadas sobre mí en el bautismo; sin estas obras no hay salvación, ni hay paz en mis huesos[2], ni hay satisfacción por los pecados. Sus propias obras malas empero las ve y las condena, mas las vence en virtud de las obras de Cristo, y las desprecia para que ya no la puedan dañar. Más poderosas son las obras de Cristo, para librarnos y apaciguarnos, que las obras nuestras para cautivarnos y aterrarnos; esto puedes creerlo con toda seguridad. Pero de sus propias obras «buenas», la conciencia también se ase, y respecto de ellas sostiene, que deben ser hechas gratuitamente, sólo para el bien del prójimo y para la ejercitación del cuerpo, y de ninguna manera para proporcionar justicia, paz, satisfacción por los pecados y remisión; porque estas cosas, la conciencia las busca sólo en las obras de Cristo, y allí las halla en una fe constante, así como ve que Cristo ha cumplido gratuitamente «sus» obras, para bien nuestro y para el uso de su cuerpo según la voluntad de Dios.




[1] Cantar de los Cant. 2: 14, versión Nácar-Colunga.
[2] Sal. 38: 3.

25 feb 2013

Lutero, precursor de Hobbes


Wol ists war: die verzweivelte, boese welt zu plagen, ist kein besser regiment auff erden komen denn des Tuercken und Bapsts, Und kuend auch kein besser regiment fur sie komen, es were denn des Teuffels on mittel selbs regiment, Denn die welt nicht werd ist, das sie eine zeile gutes, nuetzliches rechts habe noch einen frumen oberherrn sehe, sondern eitel boese, schedliche rechte, eitel Tyrannen und wuetrige solt sie haben, die gehoeren ynn die welt, Denn sie kan das liebe recht und frume leute nicht leiden, Darumb ich mich auch nicht fast bekuemere, wo ich allein die gewissen berichten und troesten kan, das darnach uber die boesen buben, Bapst, Tuerck und teuffel mit fussen gehen, Gott gebe, sie richten recht odder unrecht, Weil sie doch den guten gewissen so rechten bericht und verstand haben, nichts schaden, und wir neben der welt solche plage eusserlich wol leiden koennen.

Verdad es que para atormentar a ese mundo tan desesperadamente malo, el mejor gobierno que vino a esta tierra es el de los turcos y el del papa. Tampoco podría venir un gobierno mejor para esa gente, a no ser que el diablo en persona entrase a gobernar. Pues el mundo no es digno de poseer un solo renglón de derecho bueno y útil, ni de tener un soberano piadoso; antes bien, no debiera tener más que leyes malas y perjudiciales, no más que gobernantes tiránicos y sanguinarios. Estos son los gobernantes apropiados para este mundo que, según parece, no puede tolerar el derecho bueno ni las personas piadosas. Por ende, con tal que yo pueda instruir y consolar las conciencias, me tiene sin mayor cuidado el que luego la gente malvada sea pisoteada por el papa, los turcos y el diablo, sea que éstos juzguen con justicia o sin ella. De todos modos, a las conciencias que tienen la instrucción y el entendimiento correctos, no les pueden causar daño alguno; tampoco nos afecta si, como vecinos del mundo, sufrimos en lo exterior tales tormentos.

19 ene 2011

Contra el papado de Roma fundado por el diablo, 1545.


«En 1545, el año anterior a su muerte, Lutero encuentra por vez postrera su vigor de polemista. Enterado de que se va a reunir un concilio en Trento, publica su virulento panfleto Contra el papado de Roma fundado por el diablo. Con violencia, golpea por última vez al adversario a quien ha combatido durante toda su vida y recuerda a sus amigos el sentido del combate que siempre ha llevado a cabo:

'No, no es el Señor quien ha instituido el papado. Cuando dijo a san Pedro: 'Apacienta mis ovejas', dio el mismo poder a todos sus discípulos. Por otra parte, apacentar las ovejas del Señor, no quiere decir ejercer una autoridad soberana, tiranizar a los cristianos y hacerlos esclavos. Apacentar es predicar el Evangelio y la fe, edificar la Iglesia sobre la roca, administrar a las almas el bautismo y el sacramento, reprender a los descarriados, consolar a los afligidos, soportar a los débiles, usar de paciencia con todos, bendecir a Dios, rogar por los hombres y llevar una vida sobria y moderada que pueda servir de ejemplo a los demás. No, Roma es la potencia maldita que pierde a las almas y arruina a los pueblos; el papa es el enemigo del género humano, el Anticristo sentado en el lugar santo, el hombre de pecado que ha llenado el mundo con sus crímenes. El papado es, en una palabra, la gran calamidad de la tierra, la más espantosa desgracia que jamás haya suscitado el poder de Satanás.'» Citado por Albert Greiner. Lutero. Barcelona: Aymá, 1968, pp. 158-159.

Por fin he acabado la traducción de este libelo luterano antipapal. El Dr. Lutero lo escribió entre enero y febrero de 1545, a petición del príncipe elector de Sajonia, Juan Federico, y como respuesta a dos breves (cartas papales) que el papa Pablo III había dirigido al emperador Carlos V en los que le amenazaba por las medidas de tolerancia religiosa adoptadas en la Dieta de Espira (10 de junio de 1544).

Este es el último trabajo de Herr Doktor, que se complementaría con otro libelo de ilustraciones satíricas llamado Abbildung des Bapstum (Imagen del papado) publicado dos meses después, en mayo. En general, la crítica histórica ha tratado muy mal ambas obras. Eric W. Gritsch en el volumen 41 de Luther's Works lo califica de "the most bitter of Luther's polemic writings". Por su parte, el jesuita español R. García-Villoslada en su biografía de Martín Lutero, como no podía ser de otra manera, no se queda corto en sus descalificaciones y, entre otras cosas, dice que es "un estruendoso disparo", "el colmo de la irreverencia".

Una vez traducido al español y dada la importancia del personaje, pensaba que no habría problema para que alguna editorial de aquí se interesase por su publicación. Me equivocaba (como la paloma). Desde el 28 de diciembre de 2010, fecha en que acabé oficialmente mi trabajo, me he puesto en contacto con decenas de editoriales españolas (Gredos, Alfaguara, Anaya, Planeta, etc.) y ninguna de ellas ha mostrado el más mínimo interés en su publicación. Sabía que no iba a ser fácil, pero esperaba un poco más de interés por su parte. Les recuerdo que es una obra excepcional, que sólo tiene una traducción moderna al inglés, que es la última obra acabada del Dr. Lutero, que ha sido una obrita maldita durante muchos años, ¡siglos! incluso por los protestantes, pero ni así.

Bueno, quizás tendré que publicarlo aquí, en mi blog, para que quien me sigue pueda tener el placer de leer una obra tan singular, de lenguaje chisporroteante y llena de humor (la sátira y el insulto soez no dejan de tener su punto de humor, especialmente cuando es Lutero quien los maneja).

Wider das Bap#tum zu Rom vom Teuffel ge#tifft,

Mart. Luther D.

Der aller Helli#<t Vater Sanct Paulus Tertius, als were er ein Bi#<off der Römi#<en kir<en, hat zwey breve an Carolum Quintum un#ern Herrn Kei#er ge#<rieben, darinnen er #i< fa#t zornig #tellet, murret und rhuemet #einer Vorfarn Exempel na<, Es gebuere ni<t einem Kei#er no< jmand ein Concilium anzu#etzen, au< ni<t ein National, #ondern allein dem Bap#t, der allein ma<t habe zu#etzen, ordiniren, #<affen, alles was in der Kir<en zu gleuben und zuleben i#t. Hat au< eine Bulla (mit urlaub zu reden) ausla##en gehen, nu fa#t zum fuenfften mal, Und #ol nu abermal zu Trennt das Concilium werden, do< #o fern, das niemand dahin kome, on allein #eine grund#uppe, Epicurer, und was jm leidli< i#t. Hierauff i#t mi< lu#t ankomen zu antworten, mit Gottes gnad und huelffe, Amen.

El Satanísimo Padre san Pablo III, como si fuera un obispo de la iglesia romana, ha escrito dos breves a nuestro señor emperador Carlos V, en los que se muestra poco menos que furioso, refunfuña y, siguiendo el ejemplo de sus antecesores, se jacta de que no le corresponde al emperador ni a nadie convocar un concilio –ni siquiera uno nacional–, sino sólo al papa, que es el único que tiene potestad para disponer, ordenar y establecer todo cuanto hay que creer y cómo hay que vivir en la Iglesia. También ha emitido una bula (si se puede decir así), al menos ya por quinta vez, y ahora el concilio tiene que reunirse otra vez en Trento, con tal de que nadie vaya allí, salvo su escoria de epicúreos y lo que para él sea admisible. En seguida me vinieron ganas de responder, con la gracia y la ayuda de Dios. Amén.

ER#tli<, Bit i< di< umb Gottes willen, wer du bi#t, ein Chri#t, ja au< wer du no< natuerli<e vernunfft ha#t, Sag mir do<, ob du es ver#tehen oder begreiffen muege#t, Was das fuer ein Concilium #ey, oder obs ein Concilium #ein koenne, wo der grewli<e Grewel zu Rom, der #i< Bap#t nennet, #ol<en vorbehalt, ma<t und re<t hat, alles was im Concilio be#<lo##en wird, zu rei##en, zu endern und zu ni<tigen, wie #einer Decret viel und fa#t alle bruellen. Duen>t di< ni<t, Mein lieber Bruder in Chri#to, oder mein lieber, na< natuerli<er vernunfft, freund, das #ol< Concilium mue##e ni<ts denn ein gau>el#piel #ein, dem Bap#t in der Fa#tna<t zur kurtzweil zubereit?

Para empezar, te ruego por el amor de Dios, si eres cristiano, incluso si todavía tienes razón natural, que me digas –si es que lo puedes entender o concebir–, qué clase de concilio es, o si puede ser un concilio, ese en el que la abominable abominación de Roma (que se llama papa) se reserva el poder y el derecho de suprimir, cambiar y anular todo cuanto se decrete en el concilio, tal y como a menudo berrean casi todos sus decretos. ¿No te parece, mi querido hermano en Cristo o mi querido amigo que te guías según la razón natural, que un concilio de esa naturaleza no puede ser otra cosa que una bufonada puesta en escena para servir de pasatiempo al papa durante los carnavales?